CONDICIONES GENEREALES DE CONTRATACION DE VIAJES COMBINADOS
Las presentes Condiciones Generales de Contratación se rigen por lo dispuesto en el Real Decreto
Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, modificado por el Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre, de trasposición de directivas en materia de marcas, transporte ferroviario y viajes combinados y servicios de viajes vinculados, Ley 4/2022, de 25 de febrero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y por la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de contratación y por lo dispuesto a continuación.


Información General
Titular: ECOCOLOR S.L. con título-licencia CICL 4202 domiciliada en SORIA calle AVENIDA NAVARRA,1,
provista de CIF B42012740 teléfono 975222800 y correo electrónico ecocolor@ecocolorsoria.com, como Agencia organizadora.


Ámbito general
Cualquier contratación con ECOCOLOR S.L. está sometida a las presentes condiciones generales de venta que a continuación se publicitan libremente, con el fin de que cada CLIENTE pueda conocer y verificar la compra y los términos específicos.
Las CONDICIONES GENERALES tienen por objeto regular los términos contractuales para la prestación de los SERVICIOS por parte de ECOCOLOR S.L., y, en su caso, la contraprestación debida por el CLIENTE a ECOCOLOR S.L., por la utilización por aquél de determinados SERVICIOS. La prestación de los SERVICIOS se llevará a cabo a mediante la obtención, disposición, organización, empleo y gestión por parte de ECOCOLOR S.L. de los recursos técnicos, humanos y operativos necesarios al efecto y, siempre y en todo caso, como contraprestación a los precios vigentes en cada momento cuando los SERVICIOS sean de pago.

ECOCOLOR S.L. vela y protege especialmente al viajero en los términos que se detallan en las presentes CONDICIONES GENERALES, así como en el AVISO LEGAL y POLÍTICA DE PRIVACIDAD por medio de:


1.- DEFINICIONES.
A. Viaje combinado: es aquel en el que se combinan, al menos, dos servicios de viaje a efectos del
mismo viajen o vacación, siempre que la combinación se formalice en un único contrato con
independencia de que lo solicite o no el viajero. También se considera viaje combinado aquel que,
a pesar de formalizarse en varios contratos,

B. Servicio de viaje: Son servicios de viaje, el transporte de pasajeros, el alojamiento cuando no
sea parte integrante del transporte de pasajeros y no tenga un fin residencial, el alquiler de
turismos (Real Decreto 750/2010, de 4 de junio) y, cualquier otro servicio turístico que no forme
parte integrante de un servicio de viaje de los citados anteriormente.
C. Contrato de Viaje Combinado: es aquel que se formaliza en un solo contrato por el total del
conjunto del viaje o, la formalización de varios contratos por cada uno de los servicios de viaje
incluidos en el viaje combinado ofertado.
D. Fecha de inicio del viaje combinado: es aquel día en el que comienza la ejecución de los servicios
de viaje incluidos en el contrato.
E. Repatriación: el regreso del viajero al lugar de salida o a cualquier otro lugar acordado por las
partes contratantes.
F. Falta de conformidad: la no ejecución o la ejecución incorrecta de los servicios de viaje incluidos
en un viaje combinado.

G. Viajero: toda persona que tiene intención de celebrar un contrato o tiene derecho a viajar en
virtud de un contrato.
H. Empresario: aquel que atiende a los viajeros de manera presencial o en línea, tanto si actúa como
organizador, minorista, empresario que facilita servicios de viaje o como prestador de servicios
de viajes.
I. Organizador: se considera a aquel empresario que combina y vende u oferta viajes combinados
directamente, a través de o junto con otro empresario.
J. Minorista: aquel empresario distinto del organizador que vende u oferta los viajes combinados
por un organizador.
K. Falta de conformidad: la no ejecución o la ejecución incorrecta de los servicios de viaje incluidos
en un contrato de viaje combinado.
L. Menor: toda persona menor de dieciocho años.
M. Circunstancias inevitables y extraordinarias: se considerarán aquellas situaciones que están fuera
de control de la parte que alega la situación y cuyas consecuencias no habrían podido evitarse
incluso si se hubieran adoptado todas las medidas razonables.
N. Punto de venta: hace referencia a toda instalación de venta al por menor, tanto muebles como
inmueble, o a un sitio web de venta al por menor o a un dispositivo similar de venta minorista en
línea, incluso cuando estos sitios web o dispositivos se presenten a los viajeros como un
dispositivo único, incluido un servicio telefónico.
O. Establecimiento: el acceso a una actividad económica no asalariada y su ejercicio, así como la
constitución y gestión de empresas y especialmente de sociedades, en las condiciones fijadas por
la legislación, por una duración indeterminada, en particular por medio de una infraestructura
estable.
P. Información precontractual: Se entiende por información precontractual, aquella que el
organizador o, en su caso, el minorista está obligado a facilitar al viajero antes de que el viajero
quede obligado por cualquier contrato u oferta.


2.- NOTAS IMPORTANTES DE VIAJES COMBINADOS.
La información contenida en las presentes Condiciones Generales de viajes combinados y aquellas que se facilitan en el momento precontractual, tienen carácter genérico. No son de esperar variaciones
significativas en el contenido y serán modificadas exclusivamente en los términos que se recojan en las
Condiciones Particulares y en determinados supuestos que se exponen más adelante.


2.1.- Organización del viaje combinado.
La organización de los viajes combinados se realiza por la agencia mayorista, o mayorista-minorista en su caso, detallada en la información precontractual facilitada en el cliente y detallada en el contrato de viaje combinado.
2.2.- El contrato de viaje combinado.
La agencia se compromete a entregar al viajero una copia del contrato de viaje combinado que formalicen las partes, a más tardar en el plazo de 24 horas a contar desde dicha formalización. Formarán parte integrante del contrato de viaje combinado, todas las condiciones que regulan el viaje combinado contratado, en concreto, las condiciones generales dispuestas en este texto, las condiciones precontractuales, y las condiciones particulares pactadas entre la agencia y el viajero.
2.3.- Precio.
A) El precio del viaje combinado incluye:

B) El precio del viaje combinado no incluye:
Cualquier otro servicio no especificado concretamente en el contrato, tales como:

C) Modificaciones del precio:
El precio del viaje combinado ha sido calculado según los tipos de cambio, tarifas de transporte y coste
del carburante. Debido a la constante subida del petróleo o en otras fuentes de energía, en ocasiones, el precio del viaje podrá ser modificado posteriormente a la contratación y confirmación del viaje, por el
organizador, o en su caso por el minorista, siempre que dicha facultad se disponga en el contrato
formalizado.
Dependiendo del destino se impondrán al viajero, como parte integrante del precio total del viaje
combinado, las tasas, impuestos y recargos turísticos de aterrizaje, embarque o desembarque en puertos o aeropuertos, tal y como se ha especificado en el apartado anterior. Dichos importes podrán ser modificados por aquellos terceros que no están involucrados directamente en la ejecución del viaje
combinado y, como consecuencia de ello, podrán ser modificados por la agencia.
En relación con la Tasa Turística, es una tasa que aplican en determinados países los establecimientos
hoteleros. El viajero debe consultar si existe dicha tasa según su destino.
Como consecuencia de cambios en el tipo de divisa aplicables al viaje combinado, la agencia podrá
modificar el precio del viaje.

*Toda modificación de precios que se produzca como consecuencia de cualquiera de las razones
expresadas anteriormente, será notificada por la agencia al viajero con la justificación del incremento
y su cálculo en soporte duradero, a más tardar veinte días naturales antes de la fecha de inicio del
viaje combinado.

Siempre que el contrato de viaje disponga la facultad del organizador, o en su caso del minorista, de
modificar el precio, como es el caso
, el viajero tendrá derecho a una reducción del precio correspondiente a toda disminución de los costes mencionados en este apartado que se produzcan entre la fecha de confirmación de reserva de viaje combinado y fecha de inicio del mismo. En caso de reducción del precio, el organizador y en su caso, el minorista, tendrán derecho a deducir los gastos administrativos reales del reembolso debido al viajero.

D) Reducción del precio e indemnización por daños y perjuicios:

E) Forma acordad de pago
Las partes acordarán en el contrato la forma de pago establecida, sea al contado, o fraccionado, si bien el importe íntegro deberá estar desembolsado antes de la fecha de salida. En caso, de no haberse recibido el precio, se entenderá que el viajero desiste unilateralmente del contrato con los gastos y penalizaciones establecidas en el RDL 1/2007.
2.4.- Asistencia.

2.5.- Modificación de otros clausulados del contrato.

*Derecho de desistimiento: Los viajes combinados carecen del derecho de desistimiento, si bien, aquellos viajeros que contraten un viaje combinado fuera del establecimiento, (no confundir con los contratos celebrados a distancia) dispondrán del plazo de catorce días para ejercer su derecho de desistimiento ante ECOCOLOR S.L.
Son contratos celebrados fuera del establecimiento:
Contratos celebrados con la presencia física simultánea del empresario y del viajero y usuario, en un lugar distinto al establecimiento mercantil del empresario.
Contratos en los que el viajero y usuario ha realizado una oferta en las mismas circunstancias que las que se contemplan en la letra a).
Contratos celebrados en el establecimiento mercantil del empresario o mediante el uso de cualquier medio de comunicación a distancia inmediatamente después de que haya existido contacto personal e individual con el viajero y usuario en un lugar que no sea el establecimiento mercantil del empresario, con la presencia física simultánea del empresario y el viajero y usuario.
Contratos celebrados durante una excursión organizada por el empresario con el fin de promocionar y
vender productos o servicios al viajero y usuario.


2.10.- Resolución del contrato por parte del organizador o minorista.
El organizador, o en su caso, el minorista, podrán cancelar el contrato de viaje combinado, indemnizando al viajero por la totalidad de los pagos que el mismo haya realizado, pero sin asumir responsabilidad por compensaciones, siempre que se cumplan las condiciones legales establecidas en el RDL 1/2007.


2.11.- Responsabilidad por errores en la reserva.


2.12.- Ejecución del contrato de viaje combinado.


2.13.- Protección de Datos Personales.
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de derechos digitales y del Reglamento Europeo 2016/679, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos, la agencia y el viajero se comprometen a respetar y cumplir con la normativa vigente en dicha
materia.


3.- HOTELES.
3.1.- Entradas y salidas.
En la mayoría de los establecimientos, la habitación estará a disposición del cliente desde las 14:00 horas del día de llegada hasta las 12:00 horas del día de salida. En caso de que la llegada al hotel tenga un horario diferente deberá ponerse en contacto con el mismo con la finalidad de no perder la reserva.
Normalmente, las horas límite de llegada al hotel en España suele ser las 18:00 horas del día de llegada,
por lo que, si va a llegar más tarde, debe avisar y confirmar su asistencia al establecimiento.
El usuario se compromete utilizar los servicios de manera acorde a la Ley, moral, buenas costumbres y
orden público. En consecuencia, queda obligado a no utilizar los servicios, con fines o efectos ilícitos y/o contrarios a lo establecido o que, de cualquier forma, puedan dañar los servicios, del establecimiento y/o su imagen.


3.2.- Habitaciones.
Todas las características reflejadas se basan en acomodación doble estándar, pudiendo no ajustarse el
resto de las acomodaciones.

3.5.- Gastos de gestión.
Cualquier cambio o modificación post venta, llevará 60€ euros de gastos de gestión por reserva tratándose de hoteles nacionales.